Requisitos para Permiso de Funcionamiento

PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO

El permiso de funcionamiento tendrá vigencia de un año calendario (1 de enero al 31 de diciembre), exceptuando los permisos ocasionales y es la autorización que el Cuerpo de Bomberos emite a todo Local en Funcionamiento que se enmarca dentro de la siguiente categorización:

  1. Comercio;
  2. Industria y Fabriles;
  3. Servicios;
  4. Salud;
  5. Oficinas públicas y privadas;
  6. Fundaciones;
  7. Instalaciones especiales;
  8. Concentración de Público;
  9. Almacenamiento;
  10. Instituciones educativas públicas y privadas ; y,
  11. Complejos turísticos y otros.

Al incumplimiento en la obtención de permiso de funcionamiento, se aplicará un recargo por mora, dictaminado por los respectivos consejos de administración y disciplina de los cuerpos de bomberos de la jurisdicción.

Para obtener el permiso de funcionamiento, debe presentar al cuerpo de bomberos la siguiente documentación:

  1. Solicitud de inspección de local (Ver);
  2. Informe favorable de la inspección;
  3. Copia del RUC; y,
  4. Copia de la calificación artesanal (artesanos calificados), (Si la actividad aplica).
  5. Presentar informe de compatibilidad de uso de suelo para los siguientes establecimientos: Centros de tolerancia, cantinas, bares, karaokes, discotecas, licorerías, distribuidoras de gas, bodegas de combustible, estaciones de servicios – gasolineras, asaderos, carpinterías, granjas agrícolas, fábricas en general, y otros establecimientos que se encuentren regulados en el PD y OT.

REQUISITOS  MÍNIMOS  PARA   ESTABLECIMIENTOS 

Matríz de taxonomía: Clasificación de los servicios de la institución que permite proporcionar de una manera eficaz los requisitos para un determinado servicio.



× ¿Cómo podemos ayudarle?